Qué material se pierde primero en un proceso penal en Colombia

Investigador judicial privado. Técnico en Investigación Judicial y Criminalística (2002–2004). En ejercicio desde 2005.
Algo le pasó —una agresión, una estafa, una amenaza, un robo— o lo denunciaron a usted. En los primeros días casi todos se ocupan de lo urgente: la denuncia, el médico, el abogado. Y mientras tanto, lo que podría servir en el proceso se va perdiendo sin que nadie lo note.
No se pierde todo al mismo tiempo. Primero se van las cámaras, después los chats, luego el recuerdo de quien vio. En más de veinte años como investigador judicial privado he visto procesos que llegaron más débiles no porque no hubiera hechos, sino porque lo que existía el primer día ya no estaba.
Le explico, en orden, qué hacer hoy para conservar cada cosa de forma lícita. Trabajo desde Bogotá en procesos penales de toda Colombia.
Qué se pierde primero, y qué hacer hoy
- Las cámaras. En muchos conjuntos, las grabaciones nuevas reemplazan a las anteriores en cuestión de días; por eso conviene pedir la copia cuanto antes. Hoy: pida la copia por escrito a quien las administra. El paso a paso está en hurto en casa, conjunto o local.
- Los chats y archivos. Un mensaje de WhatsApp, una conversación en una aplicación o un correo se borra, se edita o la cuenta se cierra. Hoy: exporte la conversación completa o haga capturas con la fecha y la hora visibles. Solo de sus propios chats.
- Su celular. Si lo formatea, lo cambia o se alteran archivos, se pierden llamadas, ubicaciones, fotos y chats. Hoy: consérvelo como está, sin borrar ni restaurar.
- El recuerdo de quien vio. El vecino que presenció o escuchó algo lo tiene claro el primer día; semanas después, mezcla su recuerdo con lo que le contaron. Hoy: anote su nombre, cómo encontrarlo y qué relata, en sus palabras. No le cuente su versión.
- El lugar. Se limpia, se repara o se mueven los muebles. Hoy: fotografíe o grabe lo que se ve, con fecha y hora, desde un sitio propio o público.
- Los movimientos bancarios. Si hubo transferencias o compras que usted no hizo, el bloqueo y el rastro fresco se pierden si espera. Hoy: repórtelo al banco, anote el número de radicado y pida el extracto detallado.
- Las lesiones. Si hubo golpes, las marcas cambian en días. Hoy: vaya al médico el mismo día y pida que quede escrito en la historia clínica.
Nada de esto reemplaza la denuncia ni al abogado. Solo evita que, cuando el proceso pida soporte, ya no haya qué entregar.
Errores que hacen perder ese material
- Borrar mensajes o archivos del celular o del correo para que todo “se vea más presentable”.
- Cambiar el teléfono como un trámite más.
- Esperar a que la Fiscalía llame. Para entonces el video se sobrescribió y quien vio ya no recuerda igual.
- Salir a hablar con testigos por su cuenta, sin orden del abogado ni un plan.
- Contarle la propia versión a quien vio. Después no se distingue qué vio y qué le dijeron.
- Publicar el caso en redes o en grupos de vecinos. Alerta a los responsables.
Cómo aseguro ese material, con orden de su abogado
Cuando su abogado me da la orden de trabajo —el documento en el que me indica qué buscar—, esto es lo que hago:
- Solicito por escrito videos, registros y documentos a quien los tiene, y guardo copia de cada solicitud, su fecha y la respuesta.
- Si alguien entrega voluntariamente un celular, una memoria o un disco, hago el inventario: qué es, cómo llegó, quién lo entregó y cuándo. El contenido no lo abro ni lo extraigo; si hace falta, esa labor es de un perito.
- Busco a quien vio algo y dejo su relato en sus propias palabras, lo antes posible.
- Fotografío y, si se puede, grabo en video el presunto lugar de los hechos, con bosquejo y descripción, siempre que haya acceso lícito.
- Le entrego al abogado un informe con lo que se pidió, lo que llegó, lo que no y en qué estado.
En el artículo sobre cadena de custodia explico cómo queda registrado el origen de cada elemento material probatorio.
Lo que no hago para recuperar material
No ingreso a celulares, correos ni cuentas ajenas, no intercepto llamadas y no consulto bases de datos reservadas: es ilegal y, además, lo que se obtiene así no entra al proceso y puede volverse en su contra.
Si lo que hace falta está en una base de datos reservada, lo dejo consignado en mi informe de investigador judicial privado; con ese soporte, su abogado decide si pide ante el juez con función de control de garantías la audiencia de búsqueda selectiva en base de datos, y argumenta los motivos de la solicitud.
El detalle de cada límite está en Qué no hago.
Cómo empezar
Si ya tiene abogado, el primer paso es el Diagnóstico Probatorio Inicial: una reunión y un escrito que dice qué hay hoy, qué se puede perder primero y qué se puede pedir. No es prueba; con él, su abogado decide. Desde $1.250.000 COP. La cifra exacta se confirma por escrito antes de agendar. No incluye labor de campo. Aquí explico cómo funciona el Diagnóstico.
Si todavía no tiene abogado, escríbame igual. Le indico qué conservar mientras tanto y, si el caso lo pide, lo pongo en contacto con un penalista. No asumo la defensa ni la denuncia.
En el primer mensaje cuénteme la ciudad, la fecha del hecho y si ya hay denuncia o citación.
El penalista Juan Antonio Matiz (se abre en otra pestaña) explica, desde la orilla del abogado, qué aporta un investigador al proceso.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué es lo primero que debo guardar?
- Casi siempre: la copia de las cámaras, pedida por escrito; sus chats exportados; su celular intacto, y el nombre de quien vio.
- ¿Hago capturas o exporto el chat?
- Las dos cosas, de sus propios chats: exporte la conversación completa y haga capturas donde se vean la fecha y la hora. No ingrese a chats ni cuentas de otras personas.
- ¿Y si el video ya no está?
- Se deja constancia de que se pidió, cuándo y qué respondieron. No le prometo recuperar lo que ya se borró.
- ¿Puedo hablar con quien vio?
- Anote su nombre y lo que cuenta. No lo contacte para ponerse de acuerdo. El abogado decide quién lo entrevista y cuándo.
- ¿Esto sirve si me denunciaron a mí?
- Sí. Lo que se pierde es lo mismo, y conservarlo a tiempo también le sirve a quien se defiende. Su abogado decide qué se usa.
- ¿El Diagnóstico es prueba?
- No. Es un escrito que ordena qué se puede perder primero y qué se puede documentar hoy. Si algo llega a ser prueba lo decide el proceso: el abogado lo presenta y el juez lo admite.
- ¿Cuándo debo empezar?
- Apenas pase el hecho o llegue una denuncia o una citación. Cuanto más temprano, más queda.