Hechos con riesgo penal en su empresa

Última actualización: 6 de septiembre de 2026

Soy investigador judicial privado. Trabajo bajo la Ley 906 de 2004 y bajo dirección del abogado. Cuando la empresa detecta un hecho que puede llegar a la Fiscalía —o ya llegó—, lo primero no es recoger todo. Lo primero es saber qué hay, qué falta y qué se puede documentar de forma lícita. Eso es el Diagnóstico Probatorio Inicial.

Límites

  • No soy abogado. No represento a la empresa, no denuncio por usted y no emito concepto jurídico.
  • No hago vigilancia de personas, no intercepto y no consulto bases de datos informales.
  • El informe no es prueba. Es insumo para que su abogado decida.
  • No prometo resultado judicial ni sanción a nadie.

Qué se puede documentar

  • Documentación que la empresa administra y está autorizada a entregar.
  • Entrevistas a quienes participen de forma voluntaria e informada.
  • Inventario de lo que ya existe, incluido lo digital.
  • Qué se pierde si se espera: video que se sobreescribe, registros con retención corta.
  • Si el caso ya está en proceso, lectura de lo que hay frente a lo que sostiene la Fiscalía.

El acceso a equipos, correos o datos de un trabajador tiene límites. Eso lo define el abogado.

Cómo entra la empresa

Por el mismo Diagnóstico que el abogado y el particular. Desde $1.250.000 COP. La cifra se confirma por escrito antes de agendar. No incluye campo.

Lo pagado se abona a la etapa siguiente solo si confirma el encargo dentro de los 10 días hábiles posteriores a la entrega del escrito.

Hasta 15 minutos por voz para modalidad o pago. El caso no se estudia en esa llamada.

Si la empresa no tiene penalista, el escrito le sirve para llevarlo a uno. Yo no represento a la empresa.

Preguntas de esta puerta

¿Esto es una investigación laboral?
No. Documento hechos que pueden tener relevancia en un proceso penal. Si el asunto va por vía disciplinaria, laboral o penal, eso lo define el abogado.
¿Pueden revisar el computador o el correo corporativo de un empleado?
Depende de la política interna, de la autorización de la empresa y de la ley. Qué se puede revisar y con qué alcance, eso lo define el abogado.
¿Ustedes ponen la denuncia?
No. La denuncia la presenta la empresa a través de su abogado. Si conviene denunciar, cuándo y en qué términos, eso lo define el abogado.
¿Y si todavía no tenemos abogado penalista?
Igual hacemos el Diagnóstico. El escrito le sirve para sentarse con un penalista. Yo no represento a la empresa.
¿El informe sirve como prueba en el juicio?
No. El informe no es prueba. Cómo entra cada elemento y en qué momento, eso lo define el abogado.

Solicitar el diagnóstico

Primer paso: Diagnóstico Probatorio Inicial. Desde $1.250.000 COP. Cifra por escrito antes de agendar.